Se aplica a todas las empresas, faenas, sucursales o agencias, cualquiera sea la actividad que en ellos se realicen, estableciendo normas para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, así como regulaciones para que los organismos administradores de la ley N° 16.744 cumplan con su obligación de realizar actividades permanentes de prevención de riesgos.